Las 3 verificaciones que debes hacer antes de deducir cualquier factura: sello digital RSA, consulta de UUID ante el SAT y verificación de EFOS. Qué pasa si dedujiste una factura falsa y cómo defenderte.
Deducir una factura falsa puede costarte más que el ISR que intentabas ahorrar. El SAT puede rechazar la deducción, cobrarte el IVA acreditado de vuelta, imponerte multas y recargos, e incluso acusarte de participar en un esquema de facturas falsas. El problema es que las facturas apócrifas están cada vez mejor hechas: tienen UUID válido, llevan sello y se ven perfectas en papel.
Esta guía explica exactamente cómo funciona la validación técnica de un CFDI, cuáles son las 3 verificaciones que debes hacer antes de deducir cualquier factura importante, y qué hacer si descubres que tienes una factura falsa.
Una factura apócrifa es un CFDI que aparenta ser legítimo pero que no corresponde a una operación real. Hay varios tipos:
Para determinar si una factura es auténtica, hay tres comprobaciones independientes. Una factura legítima pasa las tres:
Todo CFDI contiene un sello digital del emisor: una firma criptográfica generada con la clave privada del certificado de sello digital (CSD) del emisor. Este sello es matemáticamente imposible de falsificar sin tener la clave privada original del contribuyente.
La verificación funciona así:
Certificado)Esta verificación es 100% offline — no requiere conexión al SAT. Si pasa, significa que el archivo XML no fue alterado después de ser firmado.
El UUID (Folio Fiscal) es el identificador único que le asigna el PAC (Proveedor Autorizado de Certificación) al timbrar el CFDI. El SAT registra todos los UUIDs válidos en su base de datos pública.
La consulta al SAT verifica que:
Si el SAT responde "No encontrado" o los datos no coinciden, la factura es inválida. Si responde "Cancelado", no puedes deducirla aunque el papel diga otra cosa.
El SAT publica periódicamente el listado de EFOS (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas) bajo el artículo 69-B del CFF. Un proveedor en estas listas es una señal de alerta fiscal grave:
| Lista SAT | Qué significa | Impacto en deducciones |
|---|---|---|
| 69-B presuntos | El SAT presume que facturan operaciones simuladas — en proceso de revisión | Riesgo alto. Evitar nuevas operaciones. |
| 69-B definitivos | Confirmados como EFOS — se agotó el proceso de defensa | Deducción rechazada automáticamente |
| 69 firmes | Contribuyentes con créditos fiscales firmes | Señal de alerta fiscal |
| 69 no localizados | El SAT no los encuentra en su domicilio fiscal | Señal de operación simulada |
| 69 cancelados | RFC cancelado (empresa disuelta o persona fallecida) | Factura no puede ser válida |
Ejecuta las 3 verificaciones en tu CFDI en segundos — sube el XML
Validar autenticidad de mi CFDI →El artículo 69-B del CFF establece consecuencias serias para quien recibe y deduce facturas de EFOS:
La defensa de "no sabía" funciona si puedes demostrar que hiciste diligencia debida: verificaste el RFC, la operación fue real, y no había señales de alerta en el proveedor al momento de la operación.
Empresa ABC contrató servicios de consultoría con un proveedor y dedujo $500,000 en facturas durante 2023. En 2024, el SAT publicó al proveedor en la lista 69-B definitivos.
El SAT notificó a ABC que tenía 30 días para demostrar que las operaciones fueron reales o para corregir su situación. ABC presentó contratos firmados, entregables de la consultoría, transferencias bancarias y correos electrónicos. El SAT aceptó parcialmente la evidencia y solo rechazó $120,000 en facturas sin soporte documental suficiente.
La lección: la operación real siempre debe tener evidencia. No basta que el XML sea técnicamente válido.
Verifica a tus proveedores en las 5 listas EFOS del SAT
Verificador EFOS →Si ya dedujiste facturas de un proveedor que después resultó EFOS, tienes opciones:
No necesariamente. Un UUID válido confirma que el CFDI fue registrado ante el SAT, pero no que la operación subyacente fue real. El SAT puede invalidar la deducción si el emisor es un EFOS o si no puedes demostrar que el servicio o producto realmente se recibió.
Cancelada: el emisor la canceló ante el SAT a través del proceso oficial — el UUID existe pero con estatus "cancelado". Rechazada: el SAT rechaza tu deducción en una auditoría, pero el CFDI puede seguir técnicamente vigente. Son dos cosas distintas.
Sí, y es una buena práctica verificar que los CFDIs que emites están correctamente registrados ante el SAT, especialmente si usas un PAC nuevo o hay cambios en tu configuración fiscal.
El SAT tiene 5 años para auditar declaraciones y facturas (Art. 67 CFF). Para esquemas de evasión fiscal el plazo puede extenderse. Por eso es importante conservar los XML y la evidencia de operaciones por al menos 5 años.