Cómo se calcula la PTU paso a paso, el tope de 3 meses desde 2021, el ISR que se retiene, y qué hacer si tu empresa no paga o paga de menos.
Cada mayo y junio, millones de trabajadores en México reciben (o deberían recibir) su reparto de utilidades — la famosa PTU. Pero entre que la empresa dice que "no hubo utilidades", el cálculo parece misterioso, y nadie te explica bien cuánto te toca, la mayoría de los trabajadores simplemente acepta lo que le dan sin cuestionar.
La PTU no es un bono opcional: es un derecho constitucional (Art. 123 Fr. IX) regulado en los artículos 117 a 131 de la LFT. Si la empresa tuvo utilidades, estás en tu derecho de recibir tu parte y de verificar que el cálculo sea correcto.
La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es el 10% de la utilidad fiscal de la empresa que se reparte entre todos los trabajadores que laboraron durante el ejercicio. La empresa tiene obligación de repartirla a más tardar el 30 de mayo (empresas) o el 29 de junio (personas físicas empleadoras).
Tienen derecho: Todos los trabajadores subordinados que hayan laborado al menos 60 días en el año — de planta, eventuales, temporales y de confianza (con tope).
No tienen derecho: Directores generales, administradores únicos, trabajadores domésticos y socios que solo perciben dividendos.
Empresas exentas: Empresas de nueva creación (primer año), empresas que fabrican un producto nuevo (primeros 2 años), y empresas mineras en exploración.
El cálculo tiene dos mitades exactamente iguales:
Desde la reforma de subcontratación de 2021, la PTU tiene un tope máximo: el mayor entre 3 meses de salario o el promedio de la PTU recibida en los últimos 3 años.
Ejemplo: Si ganas $15,000 mensuales, tu tope de PTU es $45,000 (3 meses). Si la fórmula 50/50 te daba $60,000, recibes $45,000. Si en los últimos 3 años recibiste en promedio $50,000, tu tope sube a $50,000.
Una empresa en León tuvo una utilidad fiscal de $2,000,000 en 2025. PTU a repartir: $200,000. Tiene 20 trabajadores, todos laboraron el año completo (365 días).
| Concepto | Ana ($12,000/mes) | Miguel ($25,000/mes) |
|---|---|---|
| Por días trabajados | $5,000 | $5,000 |
| Por salarios devengados | $3,333 | $6,944 |
| PTU total (antes de tope) | $8,333 | $11,944 |
| Tope 3 meses | $36,000 | $75,000 |
| PTU final a recibir | $8,333 | $11,944 |
Calcula tu PTU con la fórmula 50/50 y el tope de 3 meses
Abrir calculadora de PTU →Sí, pero tiene una exención. El Art. 93 fracción XIV de la LISR exenta la PTU hasta por 15 veces la UMA diaria. Con la UMA 2026 en $117.31:
Exención PTU 2026: 15 × $117.31 = $1,759.65
Solo la parte que exceda $1,759.65 se grava con ISR. Para la PTU de Ana ($8,333), la parte gravada es $6,573 y la retención sería aproximadamente $700.
30 de mayo para personas morales. 29 de junio para personas físicas con empleados. Si la empresa no paga, los trabajadores pueden exigir el pago con multas de 250 a 5,000 UMA.
Sí, tienes un plazo de prescripción de 1 año contado desde el día siguiente a la fecha límite de pago. La PTU de 2025 debió pagarse antes del 30 de mayo de 2026 — tienes hasta el 30 de mayo de 2027 para reclamarla.
Si trabajaste al menos 60 días, tienes derecho a PTU proporcional. La empresa debe incluirte en el reparto cuando corresponda. Si ya no trabajas ahí, debes presentarte a cobrar.
No. Si la empresa tuvo pérdida fiscal, la utilidad es cero y no hay PTU. Ojo: pérdida contable no es igual a pérdida fiscal. Una empresa puede tener pérdida contable y utilidad fiscal — en cuyo caso sí hay PTU.
Si nadie la reclama después de 1 año, la PTU no cobrada se suma a la utilidad repartible del siguiente ejercicio. No se queda con la empresa.
La PTU es tu derecho constitucional — no un favor de la empresa. Calcula cuánto debería ser, compara con lo que te ofrecen, y si no cuadra, tienes herramientas legales gratuitas (PROFEDET, Inspección del Trabajo).