Todo sobre el aguinaldo: mínimo de 15 días por ley, cómo se calcula el proporcional, cuánto ISR te descuentan y cuándo está exento. Con ejemplos reales 2026.
Diciembre es el mes del aguinaldo — y también el mes de las dudas. ¿Me deben pagar 15 días o más? ¿Cuánto me quitan de ISR? ¿Qué pasa si solo llevo 4 meses en la empresa? ¿Y si renuncio en octubre, me toca proporcional?
El aguinaldo es una de las prestaciones laborales más importantes en México y, sorprendentemente, una de las más mal calculadas. Muchas empresas pagan de menos — y muchos trabajadores ni se enteran porque no saben cómo verificar.
En esta guía vas a aprender exactamente cómo se calcula el aguinaldo en 2026, cuánto te corresponde según tu antigüedad, cómo se grava el ISR (y cuánto está exento), y qué hacer si tu empresa no te paga o te paga mal.
El aguinaldo es una gratificación anual obligatoria que todo patrón debe pagar a sus trabajadores antes del20 de diciembre de cada año. Está regulado por el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
El mínimo de ley es 15 días de salario. Muchas empresas pagan más — 20, 30 o hasta 40 días — como prestación superior. Lo que diga tu contrato individual o colectivo prevalece, siempre que sea mayor a 15 días.
Tienen derecho al aguinaldo todos los trabajadores subordinados: de planta, eventuales, de confianza, sindicalizados, y los que trabajaron menos de un año (proporcional). Si tienes un contrato de prestación de servicios (honorarios), no aplica — el aguinaldo es exclusivo de relaciones laborales.
Si trabajaste el año completo: Aguinaldo = días de aguinaldo × salario diario. Si tu empresa da 15 días y ganas $18,000 mensuales ($600 diarios), tu aguinaldo bruto es: 15 × $600 = $9,000.
Si no trabajaste el año completo (proporcional): Aguinaldo = (días de aguinaldo × salario diario) ÷ 365 × días trabajados en el año. Si entraste el 1 de agosto y tu empresa da 15 días: (15 × $600) ÷ 365 × 153 días = $3,772.60.
Salario base: Se calcula sobre el salario diario ordinario — sin incluir horas extras, comisiones, bonos o prestaciones en especie. Si tu sueldo es fijo, la cuenta es directa: sueldo mensual ÷ 30.
Nota: Si tu salario es variable (comisiones, propinas), el aguinaldo se calcula sobre el promedio diario de los últimos 30 días trabajados o del ingreso percibido en el año.
El aguinaldo no se grava completo. El Art. 93 fracción XIV de la LISR establece una exención equivalente a30 veces la UMA diaria. Con la UMA 2026 en $117.31:
Exención 2026: 30 × $117.31 = $3,519.30
Esto significa que los primeros $3,519.30 de tu aguinaldo no pagan ISR. Solo la diferencia entre tu aguinaldo y esa cantidad se grava, usando la tabla del Art. 96 y el procedimiento de anualización.
Carlos trabaja en una maquiladora en Juárez. Sueldo mensual: $15,000 (salario diario: $500). Su empresa paga 15 días de aguinaldo. Para diciembre 2026 lleva más de un año completo en el año calendario — recibe aguinaldo completo.
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Aguinaldo bruto (15 × $500) | $7,500.00 |
| Parte exenta (30 × UMA $117.31) | $3,519.30 |
| Parte gravada | $3,980.70 |
| ISR aproximado (retención) | ~$390 |
| Aguinaldo neto | ~$7,110 |
Calcula tu aguinaldo exacto (completo o proporcional)
Abrir calculadora de aguinaldo →El 20 de diciembre. Si tu empresa te paga después, está incurriendo en una violación a la LFT. La multa para el patrón va de 50 a 5,000 UMA ($5,865 a $586,550 en 2026).
Sí. Los períodos de incapacidad por riesgo de trabajo se cuentan como tiempo trabajado. Las incapacidades por enfermedad general también se cuentan según criterio de la SCJN, porque la relación laboral no se suspende.
Sí. Desde la reforma de 2019, los trabajadores del hogar tienen todos los derechos laborales de la LFT: aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, IMSS y demás.
Sobre el salario diario bruto (antes de deducciones de ISR e IMSS). Si ganas $18,000 brutos mensuales, tu aguinaldo se calcula sobre $600 diarios, no sobre tu sueldo neto.
Si la empresa cierra o quiebra, el aguinaldo proporcional forma parte de los créditos laborales preferentes. Se paga antes que los proveedores y otros acreedores. Acude a PROFEDET para hacer valer tu derecho.
Tu aguinaldo es un derecho, no un favor. Verifica que te paguen al menos 15 días de salario antes del 20 de diciembre, en efectivo. Si las cifras no cuadran, tienes 1 año para reclamar ante la Junta de Conciliación.